Con fundamento en el artículo 209 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y con motivo del Proceso Electoral concurrente 2023-2024,
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Sesión
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Sesión Pública Ordinaria
DIA MIÉRCOLES, 19 DE MARZO DE 2014
Publicación el día:
martes, 18 de marzo de 2014
a las 11:00:00
I . LISTA DE ASISTENCIA

II . APERTURA DE LA SESIÓN

III . LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA

IV . DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO DE LAS ACTAS

NÚMERO 33, CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN DE JUNTA PREVIA, DEL DÍA 5 DE MARZO DEL 2014.

NÚMERO 34, CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA, DEL DÍA 5 DE MARZO DEL 2014.

NÚMERO 35, CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA, DEL DÍA 6 DE MARZO DEL 2014.

NÚMERO 36, CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA Y SOLEMNE, DEL DÍA 13 DE MARZO DEL 2014.

V . CORRESPONDENCIA

VI . INICIATIVAS

1 De Decreto mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes de Salud para el Estado de Tamaulipas, de Integración Social de Personas con Discapacidad, de Turismo para el Estado de Tamaulipas y de Pesca y Acuacultura Sustentables del Estado de Tamaulipas.

VII . DICTÁMENES

1 Con proyecto de Decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas y de las Leyes para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Tamaulipas, de Justicia para Adolescentes del Estado y Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tamaulipas.

2 Con proyecto de Decreto mediante el cual se reforma el párrafo 2 del artículo 34 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 3 fracción IV, 4 fracción IV y 17 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 6 fracción V y 8 fracción VII de la Ley de Fomento a la Cultura para el Estado de Tamaulipas; se reforman la fracción II del artículo 14 y el segundo párrafo del artículo 48 de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social; se reforma el párrafo primero del artículo 29 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; se reforma el artículo 74 de la Ley de Transporte del Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 1 párrafo 3 y 12 párrafo 3 de la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas; se reforma el artículo 5o fracción VIII de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Tamaulipas; se reforma el párrafo 1 del artículo 3 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Tamaulipas; se reforman los artículos 4O fracción XV párrafo primero, 7º. fracción XIII y 20 párrafos primero, fracción I, los incisos A) y B) de la fracción II y el último párrafo de la Ley para el Desarrollo Económico, Competitividad e Innovación del Estado de Tamaulipas; se reforma la fracción X del artículo 52 bis de la Ley para el Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas; se reforma la fracción VI del artículo 5 de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Tamaulipas.

3 Con proyecto de Decreto mediante el cual se reforman los artículos 46 párrafo primero; 46 Bis párrafo primero; 108 último párrafo de la fracción I, segundo párrafo de la fracción II, inciso a) de la fracción IV, inciso d) de la fracción V, 212 fracción V, todos del Código Penal para el Estado de Tamaulipas; los artículos 5, fracción XIII y 32 de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado de Tamaulipas; la fracción XII del artículo 53 de la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad; la fracción IV del artículo 9 y el inciso b) de la fracción II del artículo 13 de la Ley de Prevención de la Violencia Familiar; el párrafo 4 del artículo 16 de la Ley de Protección a las Víctimas de los Delitos para el Estado de Tamaulipas; los artículos 44 y 96 fracción III de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas; la fracción XXIII del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; los Artículos 22 y 119 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado;el artículo 62 Fracción II de la Ley Reglamentaria para Establecimientos de Bebidas Alcohólicas; el artículo 35 Párrafo 2, inciso b), de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado de Tamaulipas.

VIII . ASUNTOS GENERALES

IX . CLAUSURA DE LA SESIÓN

A T E N T A M E N T E
LA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA
DIP. ANA MARÍA HERRERA GUEVARA
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