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Iniciativas que ha presentado: Dip. Ernesto Gabriel Robinson Terán
 
Individual o en Colaboración
Fecha de recepción: miércoles, 19 de febrero de 2014 | Estato que guarda: Resuelto VER EL ARCHIVO EN PDF
Turnado a:
En ccolaboración con: Dip. Oscar Enrique Rivas CuellarDip. José Ricardo Rodríguez MartínezDip. Ana María Herrera GuevaraDip. Adela Manrique BalderasDip. Eduardo Hernández ChavarriaDip. Juan Patiño CruzDip. Juan Rigoberto Garza FazDip. Blanca Guadalupe Valles RodríguezDip. Homero Reséndiz RamosDip. Carlos Javier González ToralDip. Erasmo González RobledoDip. Marco Antonio Silva HermosilloDip. Heriberto Ruíz TijerinaDip. Juan Diego Guajardo AnzaldúaDip. Ramiro Ramos SalinasDip. Olga Patricia Sosa RuízDip. Rogelio Ortíz MarDip. Griselda Dávila Beaz
De Decreto que adiciona el inciso k), del punto 2, del artículo 35 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado de Tamaulipas.
Fecha de recepción: miércoles, 02 de abril de 2014 | Estato que guarda: Resuelto | Sentido: Sin Materia VER EL ARCHIVO EN PDF
Turnado a:
En ccolaboración con: Dip. Aida Zulema Flores PeñaDip. Laura Felícitas García DávilaDip. Juan Diego Guajardo AnzaldúaDip. Adela Manrique BalderasDip. Juan Rigoberto Garza FazDip. Marco Antonio Silva HermosilloDip. Rogelio Ortíz MarDip. Griselda Dávila BeazDip. Ramiro Ramos Salinas
De Punto de Acuerdo mediante el cual la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, con pleno respeto a su ámbito competencial, exhorta al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social para que se realicen las acciones administrativas, presupuestales, operativas y de otra índole, tendientes a la conclusión de la obra material del Hospital General Regional en Reynosa, Tamaulipas, así como su equipamiento y puesta en funcionamiento en el más corto plazo posible, para beneficio de la población derechohabiente y en general, de los Municipios de Reynosa, Gustavo Díaz Ordáz, Camargo, Miguel Alemán, Río Bravo, Valle Hermoso, Méndez, Cruillas, San Nicolás y San Fernando, y se materialice así, de manera plena, el derecho a la salud que consagran la constitución y las leyes.