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DATOS DEL DICTAMEN |
Fecha del Dictamen |
miércoles, 18 de agosto de 2021 |
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ARCHIVO |
Epigrafe |
Punto de Acuerdo mediante el cual se declara improcedente la Iniciativa de Punto de Acuerdo que exhorta al Gobierno Federal, para que a través de la Secretaría de Educación Pública y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como al Honorable Congreso de la Unión a través de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, procedan a implementar las medidas necesarias para que, los trabajadores de la educación que optaron por el régimen de cuentas individuales antes del 31 de diciembre de 2007, y así lo deseen, puedan reincorporarse al régimen de pensiones y poder tener una vida digna que les permita alcanzar los diez salarios mínimos que determina la ley del ISSSTE, por tanto se archiva el expediente relativo como asunto concluido.
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Fecha de Resolución |
jueves, 26 de agosto de 2021 |
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VOTACIONES DEL DICTAMEN |
Votación del proyecto resolutivo |
A favor |
Abstención |
En contra |
No voto |
Total |
Resultado |
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7 |
0 |
0 |
0 |
7 |
APROBADA |
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Representación grafica de los resultados de la votación |
7 (100,0%)
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0 (0,0%) |
0 (0,0%) |
0 (0,0%) |
A Favor |
En Contra |
Abstención |
No Voto |
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DATOS DEL PUNTO DE ACUERDOO |
ARCHIVO |
Número del Acuerdo: |
LXIV - 398 |
Fecha de Expedición: |
jueves, 26 de agosto de 2021 |
Epigrafe |
Punto de Acuerdo mediante el cual se declara improcedente la Iniciativa de Punto de Acuerdo que exhorta al Gobierno Federal, para que a través de la Secretaría de Educación Pública y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como al Honorable Congreso de la Unión a través de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, procedan a implementar las medidas necesarias para que, los trabajadores de la educación que optaron por el régimen de cuentas individuales antes del 31 de diciembre de 2007, y así lo deseen, puedan reincorporarse al régimen de pensiones y poder tener una vida digna que les permita alcanzar los diez salarios mínimos que determina la ley del ISSSTE, por tanto se archiva el expediente relativo como asunto concluido. |
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