DETALLE DE LA INICIATIVA
DATOS DEL DICTAMEN
Fecha del Dictamen jueves, 19 de septiembre de 2019 ARCHIVO
Epigrafe Con proyecto de Punto de Acuerdo mediante el cual se declara improcedente la Iniciativa de Decreto, por el cual se adiciona una segunda parte al párrafo cuarto del artículo 3° de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, a fin de establecer el derecho de los alumnos que cursen su educación básica a recibir uniformes y útiles escolares gratuitos, según determine la Secretaría de Educación, conforme a los presupuestos que apruebe el Congreso del Estado a propuesta del Ejecutivo, y se deroga el segundo párrafo del artículo 43 de la Ley de Desarrollo Social del Estado, por tanto se archiva el expediente relativo como asunto concluido.
Fecha de Resolución domingo, 29 de septiembre de 2019

VOTACIONES DEL DICTAMEN
Propuesta de Votación
A favor Abstención En contra No voto Total Resultado
6 0 0 0 6 APROBADA VER EL ARCHIVO EN PDF
PROPUESTA DE LA DIP. TERESA AGUILAR GUTIÉRREZ
Representación grafica de los resultados de la votación
6 (100,0%)
0 (0,0%) 0 (0,0%) 0 (0,0%)
A Favor En Contra Abstención No Voto

DATOS DEL PUNTO DE ACUERDOO
ARCHIVO
Número del Acuerdo: LXIII - 157 Fecha de Expedición: miércoles, 06 de diciembre de 2017
Epigrafe Punto de Acuerdo mediante el cual la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, autoriza prórroga para la presentación del Dictamen definitivo respecto de la Iniciativa de Decreto mediante el cual se adiciona una segunda parte al párrafo cuarto del artículo 3o. de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, a fin de establecer el derecho a los alumnos que cursen su educación básica a recibir uniformes y útiles escolares gratuitos, según determine la Secretaría de Educación, conforme a los presupuestos que apruebe el Congreso del Estado a propuesta del Ejecutivo, y se deroga el segundo párrafo del artículo 43 de la Ley de Desarrollo Social del Estado, con la finalidad de que la Comisión dictaminadora se allegue los elementos necesarios, a fin de normar su criterio plenamente y emitir la opinión definitiva sobre la procedencia o improcedencia del referido asunto.