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DATOS DEL DICTAMEN |
Fecha del Dictamen |
domingo, 20 de julio de 2014 |
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ARCHIVO |
Epigrafe |
Con proyecto de Punto de Acuerdo mediante el cual se declara improcedente la Iniciativa de Punto de Acuerdo mediante el cual el Congreso del Estado de Tamaulipas, con pleno respeto a los principios de división de poderes y de autonomía municipal , solicita al Titular del Ejecutivo y a los Ayuntamientos de los 43 Municipios, para que de manera coordinada adopten las medidas que estimen conducentes para diseñar e implementar, progresivamente y a la brevedad, Programas de Obras de Pavimentación y Repavimentación de calles y avenidas, aplicando, al efecto, el máximo de recursos económicos posibles, a fin de que, antes de finalizar sus respectivas funciones constitucionales, se observe una mejoría evidente en la calidad del servicio público de calles, parques y jardines, y su equipamiento, en el marco de sus respectivas atribuciones y ámbitos territoriales. |
Fecha de Resolución |
miércoles, 05 de noviembre de 2014 |
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VOTACIONES DEL DICTAMEN |
Votación general |
A favor |
Abstención |
En contra |
No voto |
Total |
Resultado |
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3 |
0 |
0 |
0 |
3 |
APROBADA |
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Representación grafica de los resultados de la votación |
3 (100,0%)
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0 (0,0%) |
0 (0,0%) |
0 (0,0%) |
A Favor |
En Contra |
Abstención |
No Voto |
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DATOS DEL PUNTO DE ACUERDOO |
ARCHIVO |
Número del Acuerdo: |
LXII - 68 |
Fecha de Expedición: |
miércoles, 05 de noviembre de 2014 |
Epigrafe |
Punto de Acuerdo mediante el cual se declara improcedente la Iniciativa de Punto de Acuerdo mediante el cual el Congreso del Estado de Tamaulipas, con pleno respeto a los principios de división de poderes y de autonomía municipal, solicita al Titular del Ejecutivo y a los Ayuntamientos de los 43 Municipios, para que de manera coordinada adopten las medidas que estimen conducentes para diseñar e implementar, progresivamente y a la brevedad, Programas de Obras de Pavimentación y Repavimentación de calles y avenidas, aplicando, al efecto, el máximo de recursos económicos posibles, a fin de que, antes de finalizar sus respectivas funciones constitucionales, se observe una mejoría evidente en la calidad del servicio público de calles, parques y jardines, y su equipamiento, en el marco de sus respectivas atribuciones y ámbitos territoriales, por tanto se archiva el expediente relativo como asunto concluido. |
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